Días atrás leímos en X (ex Twitter) y también en Clarín y otros medios sobre la noticia de un hecho de salvajismo ocurrido en Lanús, donde un colectivo escolar mató a un perro. En X lo publicó @DiegoMac227 y fue reposteado por @JMilei. Se habría dado a conocer el número de patente del vehículo.
En Argentina tuvimos dos leyes iniciales sobre maltrato animal, una de 1891 y otra de 1954. Después aparecieron algunas normativas locales o nacionales sobre temas puntuales, pero ninguna brinda a los animales no humanos el reconocimiento que merecen para una adecuada protección en casos de maltrato, crueldad y aún de muerte. Hay proyectos en trámite que nunca llegan a su aprobación. Los animales no humanos son seres sintientes; seres vivos que sienten amor y dolor. Así se los reconoce en la mayoría de los países del mundo y en declaraciones internacionales. Debería incluírselos en el Código Civil y Comercial de la Nación como “seres sintientes”, o redactarse una ley especial que regule la tenencia responsable, prohíba y condene la tracción a sangre y, por supuesto, cree sanciones de cumplimiento efectivo a todo acto de crueldad o matanza de animales. El que maltrata o mata a un animal, que lo pague con una sanción de cumplimiento efectivo.
Fuente: Bernardo Nespral - Clarin.com