Tras el ataque letal de sus perros a una adolescente, un hombre fue condenado a más de 8 años de prisión por dolo eventual. Se determinó que el acusado conocía perfectamente la peligrosidad de los animales y sus antecedentes, obrando con total indiferencia y rompiendo el deber de custodia.
La Cámara 1 en lo Criminal y Correccional de la ciudad de Córdoba dio a conocer los fundamentos de la sentencia mediante la cual se condenó a un hombre a la pena de 8 años y 1 mes de prisión de cumplimiento efectivo por los delitos de homicidio simple y lesiones leves, ambos en concurso real y cometidos bajo la figura de dolo eventual.
El trágico suceso ocurrió el 9 de julio de 2023 en el barrio Estación Flores. Dos perros raza dogo argentino, propiedad del condenado, se escaparon por el portón de la vivienda y atacaron ferozmente a una adolescente, de 15 años, causándole la muerte por un shock hipovolémico a raíz de las severas mordeduras. En la misma secuencia, los animales lesionaron en el rostro a un vecino que intentó auxiliar a la joven.
En este contexto, el camarista José Alberto Martín Pueyrredón —autor del voto al que adhirieron los vocales Mario Capdevila y Gustavo Ispani— sostuvo que el acusado "llevó adelante conductas intolerables desde el momento mismo en que no tomó los recaudos, ni tuvo los cuidados necesarios a fin de cumplimentar con las condiciones de tenencia domiciliaria responsable de perros potencialmente peligrosos".
El Tribunal cordobés rechazó de manera categórica el planteo de la defensa, que pretendía encuadrar el caso como una "imprudencia consciente" u homicidio culposo. Puntualizó, asimismo, que "existió una representación del evento posible atento el conocimiento de la peligrosidad de sus perros, los eventos anteriores, las actuaciones contravencionales iniciadas con su resolución condenatoria, la que no fuera cumplimentada".
Fuente: DiarioJudicial.com
